Alfredo Palacios y los derechos de los obreros


A comienzos de la década de 1920, los trabajadores argentinos habían sufrido un duro revés represivo. Diez años más tarde, el movimiento obrero organizado todavía no era una fuerza coherente. Los anarquistas de la FORA eran una fuerza decreciente. Sindicalistas y socialistas habían perdido la combatividad de antaño. Sólo los sindicatos comunistas estaban en crecimiento, pero lejos de conducir al conjunto de los trabajadores. Los varios intentos de crear centrales sindicales demostraban la incapacidad para aunar esfuerzos y criterios. Políticamente, las expresiones de los trabajadores eran más exiguas. Se hacía notar un marcado escepticismo político. No obstante ello, tres factores permitían avanzar con algunas conquistas: en primer lugar, las luchas de algunos sectores trabajadores, como los tranviarios y obreros del campo, los telefónicos, los madereros, albañiles y trabajadores de la construcción; en segundo lugar, la elaboración de un programa mínimo de reivindicaciones de la recién creada CGT; y en tercer lugar, la actividad política de comunistas y socialistas. En este último caso, la acción parlamentaria de los socialistas, particularmente del diputado de origen sindical, el líder histórico de los municipales, Francisco Pérez Leirós, permitió la aprobación de la ley 11.640, estableciendo en la capital Federal la cesación del trabajo los días sábados después de las 13 horas. Esta norma se denominó «sábado ingles» por el precedente sancionado en Gran Bretaña en 1911 y complementó la ley 4.661 de agosto de 1905, que establecía el descanso dominical. La ley 11.640 fue sancionada el 29 de septiembre de 1932 y promulgada ocho días después, el 7 de octubre. Recordamos esta ley con las palabras del entonces senador socialista Alfredo Palacios.

Fuente: Alfredo Palacios, El Nuevo Derecho, Buenos Aires, Editorial Claridad, 5ta Ed., 1960.

Y en esta lucha por la adaptación de la ley a los cambios en el orden económico, se llega a proclamar fórmulas jurídicas revolucionarias que surgiendo de la acción de los trabajadores, cristalizan en un nuevo derecho las ventajas obtenidas por los obreros en la lucha incesante (…) la fuerza que adquieren gradualmente los trabajadores en frente a los capitalistas, en los sindicatos, en las cooperativas, en los partidos políticos, facilita la destrucción del derecho existente y la aparición del nuevo derecho. Es ésta la moderna fase de la lucha por el derecho que nace de la lucha de clases (…) la nueva revolución dará a la humanidad la declaración de derechos económicos.

 

Alfredo Palacios

Fuente: www.elhistoriador.com.ar