Yrigoyen y la subdivisión de la tierra


Hipólito Yrigoyen es uno de los hombres más influyentes en la historia del país. El yrigoyenismo, como el rosismo antes, como el peronismo después, ha sido considerado uno de los movimientos populares más extensos y más profundos en la historia nacional. La marca del líder del radicalismo fue la de la creación del primer movimiento de masas con participación electoral. También, la del fin del régimen oligárquico e incluso la de la primera intervención estatal a favor de los trabajadores en un conflicto con la patronal.

Nacido el 12 de julio de 1852 en una Buenos Aires vencida en la Batalla de Caseros, hijo de vascos y nieto de un seguidor de Rosas ahorcado por sus opositores, Juan Hipólito del Corazón de Jesús Yrigoyen tuvo en el joven Leandro N. Alem, su tío, el modelo político a seguir.

Militó con él de muy chico en el Partido Autonomista de Adolfo Alsina y, por recomendación suya también fue nombrado, con sólo 20 años, Comisario de Balvanera. Lo siguió también en su ruptura con el autonomismo, siendo electo diputado provincial, más tarde diputado nacional por el roquismo y alejado de la fuerza dominante, hacia fines de la década de 1880, hizo sus pasos hacia la conformación de una nueva fuerza política: la Unión Cívica, posteriormente, Unión Cívica Radical.

Profesor de colegio, luego pequeño hacendado, dedicó sus energías y dinero a la política, aunque no dejó de tener numerosas e informales relaciones amorosas, fruto del cual nació una hija, Elena, la única reconocida.

A partir de 1890, descreído del régimen existente, participó activamente de las revoluciones cívicas, 1890, 1893 y 1905. Su crecimiento como líder vino de la mano de la ruptura política con su tío, quien se suicidaría en 1896. No obstante el fracaso de las insurrecciones organizadas, la presión del intransigente radicalismo y de las luchas obreras llevaron a la apertura electoral hacia 1912, con la Ley Sáenz Peña. Primero fueron los triunfos provinciales y, finalmente, en 1916, sobrevendría el gran cambio: por primera vez se elegía por voto secreto y masculino un presidente en el país.

El primer mandato de “el peludo” o “el vidente”, duró hasta 1922. En 1928, con el radicalismo ya claramente dividido en personalistas y antipersonalistas, alcanzó su segundo mandato, que terminaría abruptamente en 1930, con un golpe militar encabezado por José Félix Uriburu. Yrigoyen fue detenido y confinado en la isla Martín García. Fallecería en Buenos Aires, el 3 de julio de 1933.

Lo recordamos en esta oportunidad con las palabras que dirigiera al Congreso sobre la necesidad de subdividir la tierra para implementar una política de colonización agraria que revirtiera los perjuicios del latifundio, que dejaba inmensas extensiones de tierra indivisas e improductivas.

Fuente: José Landa, Hipólito Yrigoyen visto por uno de sus médicos, Buenos Aires, Editorial Propulsión, 1958, 350-351.

Mensaje de Yrigoyen al Congreso, diciembre de 1916

La industria agrícola de nuestro país no ha alcanzado bajo la acción privada los perfeccionamientos de organización y de métodos que su estabilidad exige.

El Poder Ejecutivo entiende que el Estado debe encauzar las actividades de la vida rural, introduciendo reformas que ensanchen el medio, acrecienten y fijen la población de las campañas combatiendo la tendencia actual al urbanismo. Requiérese una nueva orientación de la política agraria para llegar a la subdivisión de la propiedad y obtener su fácil aprovechamiento, para dar empleo a trabajadores aptos, pero escasos de medios, que no se deciden a abandonar los centros poblados, para atraer y fijar corrientes inmigratorias, determinando todo ello aumento de producción y mejoramiento en la distribución de la riqueza.

Ha sido una aspiración constante conceder propiedad al colono y con ese objeto las leyes facilitan la venta de la tierra pública, pero los resultados no han respondido del todo al propósito. Aun en el orden de la propiedad privada, grandes extensiones continúan indivisas e improductivas. Falta en nuestra población rural el pequeño capitalista agrario en condiciones de adquirir tierras. Resulta así de poca utilidad ofrecerla en venta, por buenos que sean los términos; los colonos, por lo común, no se hallan en situación de adquirirla. Es necesario proporcionarles una ayuda efectiva que les permita obtener la tierra, construir su casa-habitación y comprar animales y elementos de trabajo.

El agricultor de nuestro país sufre íntegramente las consecuencias de los desastres agrícolas, acaso por la forma unilateral de su explotación: perdida la cosecha del cereal, queda en la miseria. Es preciso introducir en la colonia el elemento ganadero que creará la defensa recíproca para ambas industrias, agregando a la vez,  a los beneficios de la agricultura, los de la granja. La explotación de subproductos será una fuente efectiva de riqueza, un orden nuevo de actividades, una garantía segura de que en los casos de desastre agrícola las pérdidas del trabajador no serán completas. La ganadería misma verá defendida una parte interesante de sus existencias, pues la granja arrebatará a los mercados de consumo elementos de producción que hoy son sacrificados por falta de utilización conveniente.

Por otra parte, los conocimientos científicos no han tenido suficiente influencia en la explotación agrícola, pues ni el gobierno ni las escuelas de agricultura han dispuesto de los medios de acción para imponer sus enseñanzas. Colocados los colonos bajo la dirección y fiscalización del gobierno, estarán en la obligación de trabajar y explotar su posesión de acuerdo con las reglas de la ciencia agraria. Cada núcleo así formado realizaría la escuela práctica de enseñanza agrícola, cuya acción irradiaría necesariamente en el medio en que se estableciera.

El proyecto adjunto responde a los propósitos apuntados y podrá servir además como orientación y como estímulo para la misma acción privada. Otros países han practicado la colonización oficial con medos análogos, obteniendo resultados satisfactorios. La ley de Nueva Zelandia determinó la adquisición por el gobierno de tierras destinadas a esos fines, y hasta 1915 fueron divididas 282 propiedades de una extensión de 1.540.758 acres en 5.477 pequeñas fincas, facilitando el gobierno, además, por medio de préstamos, las sumas requeridas para las instalaciones. La productividad de la tierra así colonizada aumentó extraordinariamente, como también la población rural. La ley británica de 1908 autorizó al gobierno a adquirir tierras y entregarlas subdivididas a la colonización; sin embargo la iniciativa no tuvo éxito hasta que la ley de 1914 acordara anticipos para la instalación de los labradores. En Australia la ley denominada “Closer Settlement”, dictada en 1915, facultó al gobierno para comprar tierras y entregarlas a la colonización, con ayuda financiera a los colonos.

Este proyecto no contraría las leyes de tierras en vigor y los cálculos demuestran la posibilidad de que el colono, en un tiempo prudencial, abone con el producido medio de la explotación el valor de la tierra que adquiere y las sumas anticipadas.

El momento es propicio a esta nueva orientación. Los núcleos así formados bajo la gestión tutelar del Estado han de originar por lógica consecuencia la acción cooperativa necesaria al desenvolvimiento armónico de las actividades rurales.